jueves, 21 de febrero de 2013

Etiquetado comercial

Quería hacer una entrada de etiquetado nutricional, pero he visto tal cantidad de datos, que he decidido dividirlo en 2 para que podáis leerlo tranquilamente y enteder todo lo que quiero explicaros. Intentaré ser lo más clara posible , pero siento deciros que no os vais a librar de que cite alguna ley (muajaja)... 

Comenzaré por explicar que existen 2 tipos de etiquetado: comercial y nutricional. Para el etiquetado comercial, voy a utilizar como ejemplo las aceitunas. Según la Norma General del Codex para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados, la etiqueta comercial de la aceituna contendrá la siguiente información...



1.Denominación de venta del producto


Debe constar: nombre del producto, estado físico, tratamiento al que ha sido sometido (congelado, ahumado, irradiado, etc) y una descripción del producto. La denominación sería la siguiente: “Aceitunas verdes aderezadas en salmuera. Enteras. Manzanilla”



2. Lista de ingredientes


Aquí debe indicarse todos los ingredientes en orden decreciente de peso en el momento de su preparación se citan en función de la cantidad) “Ingredientes: aceitunas, agua, sal, ácido sórbico, ácido cítrico, ácido láctico, ácido L ascórbico, hidróxido sódico"

Se considera ingrediente cualquier sustancia que se encuentre en el producto acabado,  incluyendo los aditivos.

¡Cuidado con este punto! Es muy importante fijarnos en los preparados cárnicos, ¿Por qué? Imaginemos que compramos "Hamburguesas de pollo". Vamos a la lista de ingredientes y nos encontramos que el primer ingrediente indicado es el pollo (porque está en mayor cantidad), hasta ahí todos de acuerdo, pero ¡sorpresa! el siguiente ingrediente que vemos es tocino de cerdo (ó carne de cerdo)...Si estoy comprando hamburguesas de pollo, ¿Por qué lleva cerdo? y además, la parte más perjudicial del cerdo: ¡el tocino!. Desde aquí, os recomiendo encarecidamente que leáis la lista de ingredientes si no queréis encontraros con sorpresas. 



Si en algún producto nos volvemos locos buscando la lista de ingredientes y no la encontramos, es porque se trata de uno de los siguientes casos:

  • Productos constituidos por un solo ingrediente.
  • Frutas, hortalizas frescas y patatas.
  • Aguas de bebida envasadas y gasificadas.
  • Vinagre
  • Queso, mantequilla, leche y nata fermentada.
  • Bebidas alcohólicas con un grado de alcohol superior al 1.2%.


3.  Cantidad neta


Este punto está bastante claro...Pero nos fijaremos en 2 cosas que nos valdrán para comprender posteriormente el etiquetado nutricional

  1. Actualmente, encontramos que en muchos envases ponen la cantidad de raciones que contiene el producto (Ejemplo: "Arroz 3 delicias" 2 raciones) y en base a ésto nos hacemos una idea de la cantidad que equivale a una persona (la mitad de la bolsa).
  2. Cuando el alimento sólido se presenta en un líquido de cobertura, en el etiquetado se debe indicar la masa neta escurrida de dicho producto. Por ejemplo: 
        • Peso neto: 300 g
        • Peso neto escurrido: 150 g
Es decir, no vamos a consumir 300 g , sino 150g porque el resto es líquido que vamos a tirar.


4. Marcado de fechas


La duración de los diferentes productos alimenticios depende de:

  • La materia prima con la que se ha fabricado
  • El tratamiento tecnológico y culinario
  • Métodos de conservación aplicados
  • Aditivos
  • El tipo de envase
  • Procedimiento y condiciones del envasado
  • Transporte y almacenamiento

En función de estos puntos, se establacerá una fecha de caducidad ó fecha de duración mínima. La diferencia entre ellas es la siguiente:


La fecha de consumo preferente( fecha de duración mínima ó fecha óptima de consumo): Es el periodo dentro del cual en condiciones adecuadas de manipulación y almacén, el alimento conserva inalteradas sus características iniciales. Después de esta fecha, el alimento puede ser todavía totalmente satisfactorio durante un cierto tiempo. Debe indicarse de la forma siguiente: “consumir preferentemente antes del o antes del fin de…” seguido de la fecha( ó el lugar en el que figura este dato en el etiquetado).


La fecha de caducidad es obligatoria en los productos microbiológicamente muy perecederos y que pueden suponer un peligro inmediato para la salud humana. Se indica con las palabras “fecha de caducidad” seguida del día, mes y año. Después de esta fecha, el alimento no se considera comercializable y no será apto para la alimentación humana. A veces, las fechas dependen de las condiciones de almacenamiento y conservación, y entonces deberán indicarse dichas condiciones. Tendremos especial cuidado con la fecha de los productos cárnicos.


En el caso de las aceitunas, bastaría con indicar la fecha de duración mínima, ya que no es un producto muy perecedero. De este modo, en la etiqueta aparecerá: “consumir preferentemente antes del…” 




En este punto quiero explicaros las últimas noticias que han aparecido en los medios de comunicación hace menos de un mes: "Se quieren ampliar las fechas de caducidad para evitar el desperdicio de comida" (http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/01/11/actualidad/1357917726_172012.html). Muchas veces tiramos el producto que se ha pasado de fecha cuando en realidad podríamos consumirlo sin problema.

En el caso concreto de los yogures, éstos son un producto muy ácido, por lo que al superar la fecha de caducidad es muy difícil que proliferen microorganismos perjudiciales para nuestra salud. Ahora bien, a partir de esta fecha, las "propiedades beneficiosas"que el yogur tiene sobre nuestro intestino (gracias al Streptococcus thermophilus y Lactobacillus bulgaricus) se perderán. Pero eso no significa que no podamos consumirlo cuando han pasado algunos días, siempre y cuando no tenga la tapa abombada y al abrirlo no tenga moho ( que como ya he dicho, es muy poco probable). 



5. Condiciones de conservación y utilización


En el caso de las aceitunas, las condiciones de conservación se centrarían en explicar al consumidor cómo utilizarlas una vez abierto el envase, ya que al tratarse de una conserva, se supone que antes de este momento no precisa unas características especiales de conservación. Por este motivo, la indicación sería la siguiente: “Una vez abierto, conservar refrigerado”

Es muy importante seguir las condiciones de conservación si queremos que el producto mantenga todas sus propiedades organolépticas (sabor, aroma, etc) y sea seguro su consumo.


En resumen, los puntos importantes en la etiqueta comercial serán los siguientes:

Denominación de venta del producto

¿Ha sido sometido a algún tratamiento?
Lista de ingredientes

¿Tiene ingredientes que no deseo?
¿Qué ingrediente tiene en mayor proporción?
Cantidad neta

                 ¿Cuántas raciones contiene?
          Peso neto VS  Peso neto escurrido
Marcado de fechas

Diferencia entre “fecha de caducidad” y “fecha de consumo preferente”
Condiciones de conservación y utilización

¿Dónde debo guardarlo? Almacén, frigorífico, congelador… 


¡En la siguiente entrada, os explicaré la etiqueta nutricional!

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